Estimados foristas la situación es la siguiente:
Tengo un cheque al portador con vencimiento al día 28 de diciembre de 2010, presentado al pago el día 13 de febrero de 2011, y rechazado por falta de fondo constando ello en el protesto bancario. El cheque al portador fué endosado, el endosatario cobra del portador la suma del cheque adeudado y el endosante no cobra del deudor, el deudor que es una SRL fue intimado hace como cuatro meses atrás, obvio no pagó la pregunta es ¿puedo iniciar un ejecutivo teniendo presentes estas fechas y es viable la intimación al pago efectuada aplicándose el 3986. 2do párrafo que dice "La prescripción liberatoria se suspende, por una sola vez, por la constitución en mora del deudor, efectuada en forma auténtica. Esta suspensión sólo tendrá efecto durante un año o el menor término que pudiere corresponder a la prescripción de la acción"
En otro orden de cosas ........tengo la opción de la vía ordinaria para el caso de que no sea viable la ejecutiva?
Muchisimas gracias
urgente Cheque al portador AYUDA
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