Scioli anunció que buscará consensos para una "nueva" Corte

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Scioli anunció que buscará consensos para una "nueva" Corte

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Scioli anunció que buscará consensos para una "nueva" Corte Suprema: ¿qué nombres baraja?,
Una de las primeras decisiones que deberá tomar el próximo presidente de la nación apenas asuma será el de comenzar a normalizar el funcionamiento de la Corte Suprema de Justicia.
Sucede que el 11 de diciembre, es decir un día después de que el jefe de Estado asuma el mando, Carlos Fayt ya no integrará el máximo tribunal de Justicia del país, por lo que dicho organismo tendrá dos vacantes y estará integrado por Ricardo Lorenzetti , Elena Highton de Nolasco  y Juan Carlos Maqueda .
Como en 2006 se redujo el número de miembros a cinco, el Presidente tendrá la posibilidad de cubrir dos vacantes. Daniel Scioli se perfila como el sucesor de Cristina Kirchner y desde su entorno ya comenzaron a mencionar los posibles nuevos integrantes. Ellos son los senadores Miguel Pichetto y Liliana Negre de Alonso, candidata a vicepresidenta de Adolfo Rodríguez Saá, y el diputado radical Ricardo Gil Lavedra, quien ya ocupó distintos cargos en el Poder Judicial.
Todo hace suponer que de esos tres nombres surjan los dos que pasarán a integrar el máximo tribunal. Además, en un período convulsionado para lograr consensos, son algunos de los pocos que cuentan con el visto bueno del oficialismo y de la oposición.
A pesar de la existencia de los rumores sobre la probabilidad de ampliar la cantidad de miembros a siete o nueve (y así asegurarse una Corte afín), el actual gobernador bonaerense afirmó que su idea es "normalizar el funcionamiento con cinco miembros, como está establecido".
Este no será un tema sencillo para resolver, ya que la designación de los nuevos integrantes generó durante el último año y medio y duros cruces entre el oficialismo y la oposición.
"Hay que convocar a personas idóneas, profesionales, que jerarquicen cada día más la Corte Suprema de la Nación", señaló el actual gobernador bonaerense, quien agregó que "obviamente" su decisión "exige un punto de acuerdo con otros espacios políticos".
"El oficialismo mandará su pliego, la oposición mandará el suyo y el presidente luego verá si lo firma o no", destacó.
A principios de este año, Cristina Kirchner intentó postular al abogado Roberto Carlés. Y a pesar de que logró dictamen de comisión de acuerdos del Senado, en el recinto, la sesión se pospuso a último momento porque no contaba con el aval de los dos tercios de los miembros presentes.
La oposición había firmado en noviembre de 2014 un compromiso para bloquear cualquier nombramiento del oficialismo hasta que asuma un nuevo mandatario. Ahora, si gana Scioli, con el 10 de diciembre a la vuelta de la esquina deberá cambiar su postura y sentarse a negociar.
Mientras tanto, ¿qué?
En la actualidad, con una Corte de cuatro miembros, tres constituyen quórum, el número mínimo para que el órgano pueda sesionar. En la Argentina, la mayoría no se cuenta sobre el quórum, sino sobre la cantidad de jueces fijada por la ley. 
Es decir, si la Corte ahora tiene cuatro miembros y uno no vota, por estar excusado, recusado o por alguna otra razón, intervendrán tres. Con ese número, el tribunal sesiona con quórum; pero si dos votan en un sentido, y el tercero, en otro, no habrá mayoría. Esto es así porque el número de jueces fijado por la ley es cinco, y dos no es mayoría sobre cinco. 
Tras la renuncia de Fayt, la primera sesión de acuerdos será el martes 15 de diciembre. Ese día, deberán sesionar los tres jueces y votar en el mismo sentido para que se pueda emitir una sentencia. Si hay una decisión de dos a uno, tampoco habrá mayoría.
Cómo se elige un juez de la Corte
En 2006 se sancionó la Ley 26.183 que estableció cinco magistrados en la Corte Suprema, en momentos en que poseía siete. A partir de allí, se detuvo el proceso de designación y se dispuso un mecanismo de reducción paulatina.
El año pasado comenzó con los siete miembros, pero las muertes de Carmen Argibay y Enrique Petracchi -más la renuncia de Eugenio Zaffaroni, que dejó el cargo por llegar a los 75 años, el tope que marca la Constitución Nacional-, provocó  que el máximo tribunal cuente con sólo cuatro integrantes.
Según el inciso 4 del artículo 99 de la Carta Magna, el Presidente de la Nación nombra a los magistrados de la Corte Suprema, con acuerdo del Senado por dos tercios de sus miembros presentes, en una sesión convocada a tal efecto.
A través del decreto 222/03, firmado por el entonces presidente Néstor Kirchner, el Poder Ejecutivo se fijó autolimitaciones a su atribución para la selección y designación de nuevos magistrados.
En dicha norma, ordenó la publicidad de los antecedentes de los candidatos, instauró la posibilidad de que los ciudadanos pudieran presentar objeciones y dispuso la realización de audiencias públicas para que los propuestos pudieran responder preguntas.
Asimismo, dichos candidatos deberán presentar una declaración jurada del patrimonio propio, del de su cónyuge y también de sus hijos. Además, deberán informar sobre las asociaciones civiles y sociedades comerciales, estudios de abogados que integran o integraron durante los últimos ocho años.
Con estos datos publicados por un lapso de quince días, los ciudadanos en general -legitimación amplia-, organizaciones no gubernamentales, colegios y asociaciones profesionales, entidades académicas o de derechos humanos pueden presentar por escrito -fundado y documentado- todo tipo de observaciones y circunstancias de interés respecto de los postulantes incluidos en el proceso de selección.
Desde entonces, y bajo este mecanismo, fueron elegidos Raúl Zaffaroni, Elena Highton de Nolasco, Carmen Argibay y Ricardo Lorenzetti.
Según la mencionada ley, el tribunal requiere de cinco jueces para funcionar. Se configuró un escenario de cuatro miembros. Ante un eventual fallo dividido, podría generarse un empate entre sus miembros, dejando bloqueado al último organismo para decidir.
En los casos en que los votos se cuenten en partes iguales, se mencionó la posibilidad de incorporar a un conjuez para desempatar.
Esto no ocurrió porque sólo pueden intervenir cuando los miembros de la Corte se excusan o son recusados en un caso específico -por ejemplo, por estar vinculados a alguna de las partes en litigio o por tener un interés en el resultado del mismo- o en caso de licencia temporal.
Estos miembros, son elegidos por sorteo, entre los que integran una nómina oficial aprobada por el Congreso y ocupan la vacante de manera temporal.
Tampoco está prevista en la norma la posibilidad de un desempate por parte del presidente del tribunal -cuyo voto valdría doble sólo en esos casos-. Al no estar especificado ningún mecanismo alternativo, todo indica que los jueces tendrán que evitar tal situación hasta que se cubra la próxima vacante definitiva.
En este caso, el quórum mínimo para que la Corte pueda sesionar será de tres. Es que para que puedan emitir un fallo, la mayoría se cuenta sobre el número de jueces fijado por ley.
De esta forma, si uno de los miembros no vota por alguna razón, el tribunal no podrá emitir dictamen.
Además, si dos magistrados votan en un sentido distinto al tercero, no habrá mayoría porque el número fijado por la ley es de cinco, y la mayoría sobre cinco es tres. 
Si no se cubren las vacantes, habrá situaciones en las que el máximo tribunal no podrá decidir. Aunque ahora hay especialistas que indican que sí lo podrán hacer, ya que hubo situaciones similares en las cuales la Corte Suprema continuó emitiendo fallos.
Desde el 11 de diciembre hasta que se cubran las vacantes, deberán limitarse a la solución a la que lleguen en sus acuerdos. De esta forma, sólo prosperarán las causas que tienen consenso, las otras deberán esperar.
 
 
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