Otra sentencia "anti K": fallo judicial a favor del ingreso

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Otra sentencia "anti K": fallo judicial a favor del ingreso

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Otra sentencia "anti K": fallo judicial a favor del ingreso de Cablevisión en Nextel,
Un juez federal hizo lugar al pedido de las empresas de establecer una medida cautelar que suspenda una resolución de la AFTIC que había anulado la compra del 49% del paquete accionario de la operadora de telecomunicaciones por parte de la empresa de TV paga del Grupo Clarín, por la suma de 178 millones de dólares.
Se trata del Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº 9 que hizo lugar al pedido de las empresas del dictado de una medida cautelar en contra de una resolución de la Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Aftic) que el 25 de septiembre pasado emitió una resolución anulando la compra sosteniendo que las empresas no habían pedido la autorización indispensable para cerrar el acuerdo.
La medida también les daba a Clarín y Nextel 30 días para deshacer la operación y le comunicó a Nextel que podía sufrir "la caducidad de su licencia" por no haberle pedido el aval al organismo antes de que Clarín le informe a sus accionistas.
Las empresas presentaron un escrito ante la justicia solicitando una medida cautelar que suspenda los efectos de la resolución y también de un decreto presidencial que rechazaban la operación.
Además, pidieron que se ordene a la AFTIC abstenerse de emitir ‘cualquier otro acto o pronunciamiento administrativo que tenga vinculación con los derechos o intereses de Nextel, Grupo Clarín o Cablevisión, emanados de la transacción. Reclamaron que el organismo también se abstenga de ‘emitir cualquier acto o pronunciamiento que invalide, restrinja, limite o condicione la adquisición por parte de Grupo Clarín y Cablevisión del 49% del capital social de Nextel y la opción para adquirir el 51% restante‘.
Según el escrito, las empresas adicionalmente reclamaron a la Justicia que el organismo que preside Norberto Berner tampoco emita actos o decisiones que "afecten, alteren o restrinjan las licencias para operar de las empresas sin previa y efectiva intervención de todas las partes involucradas".
Como argumento, los grupos explicaron que la operación no conllevó ningún acuerdo de accionistas o de administración que produzca un cambio de control sobre Nextel, lo cual solo podría ocurrir si Cablevisión ejerce la opción para quedarse con el 51% restante del capital de la operadora propiedad del grupo norteamericano NII Holding.
Es más, aclaran que de ejercer esta opción pedirán autorización a la Aftic. Pero acusan al organismo de haber aplicado una "represalia" contra la venta la decisión de quitarle a Nextel varias de sus licencias para operar varias frecuencias que le habían sido asignadas hace más de una década y que si bien se encontraban vencidas, la empresa había solicitado su prórroga en más de una oportunidad.
"Se trata de actos administrativos cuya única finalidad es causar daños y perjuicios de manera intencional que compromete, incluso, la responsabilidad de los funcionarios firmantes. Se está entonces frente a un accionar arbitrario y discriminatorio que pretende perjudicar a Nextel, Cablevisión y al Grupo Clarín sin reparar en el hecho de que se vulnera la Constitución Nacional y los derechos de los usuarios", agrega el documento presentado por las empresas ante el juzgado.
Ante esta exposición, el juez federal Pablo Cayssials, sostuvo que los argumentos de las empresas están prima facie acreditados los "recaudos que autorizan la suspensión de los efectos de las normas invocadas‘. También se refiere a la seriedad de las objeciones formuladas contra las medidas que, según su visión, ‘implicarían una vulneración de los derechos de los peticionantes‘.
El juez también encontró probada la probable concurrencia de un supuesto de arbitrariedad o ilegalidad en las medidas ya que las recusaciones de las empresas no fueron tratadas por el Poder Ejecutivo Nacional y fueron rechazadas sin realizar "un acabado análisis de los argumentos expuestos por las empresas para sustentar el planteo".
El fallo también advierte que la caducidad de las licencias de Nextel "implicaría no solo una disminución de la capacidad de cursar tráfico de una cantidad importante de sitios y radiobases sino que también tendría un impacto indirecto en el resto de los usuarios de Nextel y de los restantes operadores fijos y móviles".
De todos modos, el magistrado también impone a la cautelar el plazo de vigencia de seis meses y rechaza algunos de los otros planteos hechos por las empresas y fija una caución real de un millón de pesos que deberá hacerse efectiva mediante un depósito en efectivo en una cuenta del Banco Nación.
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