Pasos para cobrar honorarios de perito contador
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Pasos para cobrar honorarios de perito contador
Cobro de Honorarios. Pasos a seguir por el perito.
Se recibe cédula notificando la regulación de honorarios, donde consta el importe a pagar de acuerdo con la sentencia de primera instancia y/o liquidación firme.
Presentar escrito apelando los honorarios (perito se notifica, apela honorarios bajos (ver modelo de escrito)) y escrito fundamentando la apelación (perito fundamenta apelación de honorarios – petitorio (ver modelo de escrito)). La fundamentación no se puede hacer junto con la apelación. Esperar al punto 4.
Esperar la resolución del juez donde dice que tiene presente la notificación efectuada, se concede el recurso de apelación interpuesto elevándose los autos al Superior.
Cumplidos todos estos pasos, y una vez concedido el recurso de apelación, hay 5 días hábiles para fundamentar la apelación (Art. 246). Pero si solamente se “apela” y “no se fundamenta”, el juez de primera instancia no da curso a la apelación de primera instancia, por lo que quedan firmes los honorarios de primera instancia. Por eso es importante apelar y fundamentar. Va a Cámara. (Ver modelo de escrito).
Baja de Cámara con un nuevo Autos y Vistos con la resolución definitiva de Cámara.
El juez de primera instancia dicta una resolución, ejemplo: La Plata, 5 de mayo de 2004, por devuelto. Téngase presente y hágase saber. Firma de juez.
Forma de contar los plazos cuando baja de Cámara, ej.: El juez de primera instancia dicta una providencia el 5 de mayo de 2004 (miércoles); se notifica el viernes; a partir de ahí contar 5 días hábiles (sería el 14 de mayo de 2004).
Se intima: “Habiendo quedado la regulación de honorarios a mi favor de fojas ... firme, solicito a V.S. se intime a ... al depósito de pesos ...”. (Ver modelo de escrito).
El juez da traslado a la parte perdedora diciendo: Notifíquese.
Mandar cédula de notificación (ver modelo de escrito) a la parte que tiene que pagar con la resolución del juez ya sea de primera instancia o de Cámara (esto último si se apeló y si se fundamentó) donde está la regulación de honorarios. Se da traslado. Si bien es cierto que los costos, como regla general, están a cargo de quien perdió el juicio, el perito puede reclamar sus honorarios a cualquiera de las partes.
En el expediente tiene que figurar el depósito con el importe de los honorarios. Presentar escrito pidiendo que se libre giro. (Ver modelo de escrito).
Va a despacho aproximadamente 2 días.
Vuelve a letra con giro.
Cobrar en Banco Provincia de 13 y 48.
Si pasados los plazos procesales correspondientes no se hace efectivo el pago, hay que iniciar juicio ejecutivo por honorarios.
Una vez que los honorarios se hallan firmes y consentidos, el obligado al pago dispone de 10 días corridos para abonarlos. Recién después de transcurrido ese plazo procede la iniciación del juicio de ejecución (punto 10).
Etiquetas: cobro honorarios perito, regulación honorarios, apelación honorarios, juicio ejecutivo honorarios, plazos procesales honorarios, honorarios firmes, proceso cobro honorarios
Se recibe cédula notificando la regulación de honorarios, donde consta el importe a pagar de acuerdo con la sentencia de primera instancia y/o liquidación firme.
Presentar escrito apelando los honorarios (perito se notifica, apela honorarios bajos (ver modelo de escrito)) y escrito fundamentando la apelación (perito fundamenta apelación de honorarios – petitorio (ver modelo de escrito)). La fundamentación no se puede hacer junto con la apelación. Esperar al punto 4.
Esperar la resolución del juez donde dice que tiene presente la notificación efectuada, se concede el recurso de apelación interpuesto elevándose los autos al Superior.
Cumplidos todos estos pasos, y una vez concedido el recurso de apelación, hay 5 días hábiles para fundamentar la apelación (Art. 246). Pero si solamente se “apela” y “no se fundamenta”, el juez de primera instancia no da curso a la apelación de primera instancia, por lo que quedan firmes los honorarios de primera instancia. Por eso es importante apelar y fundamentar. Va a Cámara. (Ver modelo de escrito).
Baja de Cámara con un nuevo Autos y Vistos con la resolución definitiva de Cámara.
El juez de primera instancia dicta una resolución, ejemplo: La Plata, 5 de mayo de 2004, por devuelto. Téngase presente y hágase saber. Firma de juez.
Forma de contar los plazos cuando baja de Cámara, ej.: El juez de primera instancia dicta una providencia el 5 de mayo de 2004 (miércoles); se notifica el viernes; a partir de ahí contar 5 días hábiles (sería el 14 de mayo de 2004).
Se intima: “Habiendo quedado la regulación de honorarios a mi favor de fojas ... firme, solicito a V.S. se intime a ... al depósito de pesos ...”. (Ver modelo de escrito).
El juez da traslado a la parte perdedora diciendo: Notifíquese.
Mandar cédula de notificación (ver modelo de escrito) a la parte que tiene que pagar con la resolución del juez ya sea de primera instancia o de Cámara (esto último si se apeló y si se fundamentó) donde está la regulación de honorarios. Se da traslado. Si bien es cierto que los costos, como regla general, están a cargo de quien perdió el juicio, el perito puede reclamar sus honorarios a cualquiera de las partes.
En el expediente tiene que figurar el depósito con el importe de los honorarios. Presentar escrito pidiendo que se libre giro. (Ver modelo de escrito).
Va a despacho aproximadamente 2 días.
Vuelve a letra con giro.
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Si pasados los plazos procesales correspondientes no se hace efectivo el pago, hay que iniciar juicio ejecutivo por honorarios.
Una vez que los honorarios se hallan firmes y consentidos, el obligado al pago dispone de 10 días corridos para abonarlos. Recién después de transcurrido ese plazo procede la iniciación del juicio de ejecución (punto 10).
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Última edición por admin el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
Razón: BOT_CORRECTED_V1
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