¿EL ESTRES LABORAL POR 30 DIAS NECESITA ACREDITAR MEDICACION Y ESTUDIOS?

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adrianbustos
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Joined: Sat Sep 30, 2023 6:15 pm

¿EL ESTRES LABORAL POR 30 DIAS NECESITA ACREDITAR MEDICACION Y ESTUDIOS?

Post by adrianbustos »

Hola colegas, yo no hago laboral en absoluto. Por eso recurro a ustedes por una duda concreta. El empleado solicita certificado de estres por 30 dias y lo acredita en recursos humanos de la empresa... A los 3 dias le llega una intimación de la empresa solicitando la revisión con el psicólogo de ellos (invocando el art 210 LCT) cosa que está bien. Ahora, lo que me parece raro es que solicite dentro de las 48 hs habiles que "debe recurrir con los estudios realizados, detalle del tratamiento y medicación indicada, todo bajo apercibimiento de considerar injustificadas las inasistencias hasta la fecha". La pregunta es: ¿Que recomiendan hacer? ¿Hacer caso y conseguir una indicación medica? ¿contestar la intimación? Perdon la molestia. Saludos a todos.
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Re: ¿EL ESTRES LABORAL POR 30 DIAS NECESITA ACREDITAR MEDICACION Y ESTUDIOS?

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La situación que planteas es bastante común en el ámbito laboral, y parece estar vinculada con el artículo 210 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT). Este artículo establece que el empleador puede exigir la revisión del estado de salud del trabajador en caso de una incapacidad o enfermedad que justifique las ausencias. Sin embargo, la manera en que se gestionan estos reclamos debe ser siempre equilibrada y respetuosa de los derechos del trabajador.

¿Qué implica la intimación de la empresa?
El artículo 210 de la LCT habilita al empleador a pedir una revisión médica en caso de que el trabajador esté ausente por motivos de salud durante un período determinado. En este caso, la empresa está pidiendo que el empleado se someta a una revisión médica con el psicólogo de la empresa, lo cual es perfectamente legal, siempre y cuando se haga de acuerdo con los procedimientos establecidos por la ley.

En cuanto a la solicitud de que el empleado aporte estudios médicos, tratamiento y medicación, esto no es ilegal, pero es importante que el empleador no sobrepase los límites de la intimación, ya que se podría interpretar como una invasión a la privacidad o un abuso de poder.

¿Qué hacer ante la intimación?
Responder a la intimación: La empresa ha solicitado dentro de las 48 horas hábiles que el empleado presente los estudios realizados, detalles del tratamiento y medicación. Esto debe ser respondido, pero lo importante aquí es que el empleado tiene derecho a la confidencialidad de su tratamiento médico. El trabajador no está obligado a proporcionar información excesiva sobre su diagnóstico, sino únicamente lo necesario para justificar su incapacidad laboral.

¿Es obligatorio someterse a la revisión del psicólogo de la empresa? El artículo 210 establece que el trabajador debe someterse a la revisión médica, pero no está obligado a aceptar cualquier profesional que la empresa le proponga si esto no está debidamente justificado. La empresa puede solicitar una revisión médica, pero el trabajador tiene derecho a cuestionar si dicha revisión es razonable o si hay alguna posibilidad de elegir otro profesional (en algunos casos, un médico de confianza o un especialista fuera de la empresa, dependiendo de las circunstancias).

Solicitar una indicación médica: En cuanto a la solicitud de la empresa de obtener un detalle completo del tratamiento y medicación bajo apercibimiento de considerar injustificadas las ausencias, sería prudente consultar con el médico tratante para que sea él quien brinde la información necesaria, asegurándose de que el informe se limite a lo solicitado y no incluya datos que no sean relevantes para justificar las ausencias. Esto es clave, ya que un exceso de información médica puede vulnerar derechos de privacidad.

¿Contestar la intimación? Sí, es importante que el trabajador conteste la intimación. Es recomendable que el trabajador lo haga por escrito, ya sea entregando la documentación solicitada o indicando las razones por las cuales no puede cumplir con la solicitud (en caso de que haya alguna dificultad para reunir los documentos a tiempo, o si no está de acuerdo con ciertos aspectos de la intimación). Asegúrate de que esta respuesta quede registrada, ya sea por correo electrónico o carta certificada.
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