Embargo inmueble
Moderador: abogadoia
Embargo inmueble
Buenas tardes estimados colegas.
Planteo un tema que llegó a mi estudio y, en razón de no haber llevado nunca un levantamiento de embargo, deseo aclarar algunas dudas.
En un expediente de daños y perjuicios se llega finalmente a la sentencia y se establecen los honorarios de los profesionales intervinientes. El expediente se llevó a cabo en Pcia. de Bs. As. Establecidos los honorarios, mi cliente no pagó a uno de los abogados y fue este quien inicia un embargo sobre una propiedad que posee en la Prov. de Bs. As.
Ante esta circunstancia, cuando le llega la cédula notificando esa circunstancia, el embargado arregla con el abogado y abona su deuda; ante lo cual el profesional le suscribe un recibo de pago respecto a los honorarios y que no reclamará suma alguna en razón de haberse abonado la totalidad de lo adeudado. En la MEV se halla el proveído ordenando el libramiento del oficio al Reg. Prop. a fin de anotar el embargo. Ahora bien, si mi cliente le pagó ya hace algunos meses (4) los honorarios, ¿debería hallarse en la MEV el despacho ordenando el levantamiento del embargo? Según mi cliente, quedaron en que el letrado embargante se haría cargo del levantamiento del embargo. Espero la ayuda de ustedes. Muchas gracias.
Etiquetas: levantamiento de embargo, embargo propiedad, honorarios abogados, Buenos Aires legal, cancelación de embargo, trámite levantamiento embargo, deuda honorarios
Planteo un tema que llegó a mi estudio y, en razón de no haber llevado nunca un levantamiento de embargo, deseo aclarar algunas dudas.
En un expediente de daños y perjuicios se llega finalmente a la sentencia y se establecen los honorarios de los profesionales intervinientes. El expediente se llevó a cabo en Pcia. de Bs. As. Establecidos los honorarios, mi cliente no pagó a uno de los abogados y fue este quien inicia un embargo sobre una propiedad que posee en la Prov. de Bs. As.
Ante esta circunstancia, cuando le llega la cédula notificando esa circunstancia, el embargado arregla con el abogado y abona su deuda; ante lo cual el profesional le suscribe un recibo de pago respecto a los honorarios y que no reclamará suma alguna en razón de haberse abonado la totalidad de lo adeudado. En la MEV se halla el proveído ordenando el libramiento del oficio al Reg. Prop. a fin de anotar el embargo. Ahora bien, si mi cliente le pagó ya hace algunos meses (4) los honorarios, ¿debería hallarse en la MEV el despacho ordenando el levantamiento del embargo? Según mi cliente, quedaron en que el letrado embargante se haría cargo del levantamiento del embargo. Espero la ayuda de ustedes. Muchas gracias.
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Última edición por faguita el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
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Re: EMBARGO INMUEBLE
Estimado colega,
Creo que lo más conveniente sería que presentara un escrito adjuntando los comprobantes de pago por honorarios y solicitara el levantamiento del embargo, toda vez es su cliente el interesado en levantar el embargo.
Saludos
Etiquetas: levantamiento de embargo, escrito levantamiento embargo, comprobantes de pago honorarios, embargo legal, procedimiento levantamiento de embargo, modelo escrito levantamiento embargo
Creo que lo más conveniente sería que presentara un escrito adjuntando los comprobantes de pago por honorarios y solicitara el levantamiento del embargo, toda vez es su cliente el interesado en levantar el embargo.
Saludos
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Última edición por Leonardo el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
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Re: Embargo inmueble
El colega que cobró y se comprometió de palabra a levantar el embargo, si no lo hizo hasta ahora... Va a tener que hacer usted la diligencia del levantamiento, pedir al juzgado, hacer el oficio y diligenciarlo. Suerte, colega. O no necesariamente usted puede ser otro abogado, pero ya que es su cliente. Alguien lo va a tener que hacer. Saludos.
Etiquetas: levantamiento de embargo, cómo levantar embargo, trámite levantamiento embargo, oficio levantamiento embargo, abogado levantamiento embargo, diligencia levantamiento embargo
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Última edición por norma1956 el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
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Re: Embargo inmueble
Colegas, muchas gracias por la ayuda. Cordiales saludos.
Etiquetas: foro de abogados, abogados, ayuda legal, comunidad legal, profesionales del derecho, asesoramiento legal, consultas legales
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Última edición por faguita el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
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