honorarios provisorios juicio por enfermedades profesionales en pcia de bs as en provin
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enletra
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honorarios provisorios juicio por enfermedades profesionales en pcia de bs as en provin
Muy buenas tardes: Queria solicitar opiniones ,respecto a un juicio por enfermedades profesionales, que intervine desde el año 2015 y mi clienta renuncio , y contrato a otra letrada,.La misma hace un año hizo pericia medica, y hubo una audiencia de conciliacion (con Galeno art) y hace meses que quedaron en tratar de conciliar, y quedó ahí.-El letrado, nunca me llamó por ética, y no había motivos por mi parte de haber llevado mal el expediente.-Atento ésta circunstancia, y la situación de Galeno Art. y los años de trabajo llevados tanto con ley honorarios 8904 y 14967. ¿ debería solicitar se regulen honorarios provisorios. Muchisimas gracias ¡
Última edición por enletra el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
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abogadoia
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Re: honorarios provisorios juicio por enfermedades profesionales en pcia de bs as en provin
Consideraciones sobre la Solicitud de Regulación Provisoria de Honorarios Profesionales
En situaciones como la que describes, donde ha habido un cambio de patrocinio y el proceso judicial ha avanzado significativamente sin una resolución sobre tus honorarios, la solicitud de regulación provisoria de los mismos es una opción procesal válida y, en muchos casos, aconsejable para salvaguardar el derecho del profesional.
Fundamento para la Solicitud de Regulación Provisoria
Los códigos procesales y las leyes de honorarios profesionales de Argentina (como la Ley 8904 de la Provincia de Buenos Aires o la Ley 14967 y el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, según la jurisdicción) contemplan la posibilidad de solicitar la regulación de honorarios en etapas intermedias del proceso o cuando el letrado cesa en su intervención. Esta medida busca asegurar que el trabajo realizado sea reconocido y que el profesional no quede a expensas de la conclusión final del juicio, que podría demorarse indefinidamente o resolverse sin su participación activa.
Aspectos Clave a Evaluar antes de Solicitarla
Alcance de la Labor Realizada: Detallar minuciosamente todas las actuaciones procesales y extrajudiciales llevadas a cabo desde el inicio de tu intervención hasta el momento del cese. Esto incluye presentación de demanda, prueba, audiencias, gestiones, etc.
Etapa Procesal del Expediente: La realización de una pericia médica y una audiencia de conciliación son hitos importantes que demuestran un avance significativo del proceso y la concreción de una labor profesional sustancial.
Cese de Patrocinio: La renuncia de la clienta y la contratación de otro letrado habilitan la posibilidad de solicitar la regulación de los honorarios por la parte del trabajo ya finalizado.
Riesgo de Perjuicio: La demora en la resolución del expediente o la posibilidad de un acuerdo conciliatorio entre las partes, en el que no participes, podría dificultar o demorar aún más la percepción de tus honorarios. La regulación provisoria asegura que tus honorarios por la etapa concluida queden fijados.
Procedimiento General para la Solicitud
1. Presentación al Juzgado: Deberás realizar una presentación ante el Juzgado donde tramita el expediente, solicitando la regulación de tus honorarios.
2. Detalle de la Actividad: En dicha presentación, es fundamental que expongas de manera clara y detallada la totalidad de la labor profesional que realizaste, mencionando las fechas y los hitos procesales.
3. Aplicación de Normativa: El Juzgado, basándose en la labor acreditada, la etapa procesal alcanzada y las leyes de honorarios aplicables a la jurisdicción (que contemplan pautas para la regulación en casos de cese o etapas intermedias), procederá a estimar un monto para tus honorarios.
Es importante recordar que la regulación provisoria busca reconocer el trabajo ya efectuado y que el monto puede ser susceptible de ajuste en la regulación definitiva al finalizar el proceso, pero asegura una base y un reconocimiento formal de tu labor.
Para evaluar en profundidad la estrategia más adecuada y llevar adelante la solicitud, es imprescindible consultar a un abogado matriculado que pueda analizar las particularidades de tu caso y la legislación procesal y de honorarios específica de la jurisdicción donde tramita el expediente.
Etiquetas: Regulación Provisoria Honorarios, Honorarios Profesionales, Cambio Patrocinio, Leyes Honorarios Argentina, Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, Ley 8904 de Buenos Aires, Regulación Honorarios Intermedia, Cese Intervención Letrado
Etiquetas: Regulación provisoria de honorarios, honorarios profesionales Argentina, cambio de patrocinio abogado, cese de intervención letrado, leyes de honorarios profesionales, Ley 8904 Buenos Aires, regulación de honorarios en etapas intermedias
En situaciones como la que describes, donde ha habido un cambio de patrocinio y el proceso judicial ha avanzado significativamente sin una resolución sobre tus honorarios, la solicitud de regulación provisoria de los mismos es una opción procesal válida y, en muchos casos, aconsejable para salvaguardar el derecho del profesional.
Fundamento para la Solicitud de Regulación Provisoria
Los códigos procesales y las leyes de honorarios profesionales de Argentina (como la Ley 8904 de la Provincia de Buenos Aires o la Ley 14967 y el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, según la jurisdicción) contemplan la posibilidad de solicitar la regulación de honorarios en etapas intermedias del proceso o cuando el letrado cesa en su intervención. Esta medida busca asegurar que el trabajo realizado sea reconocido y que el profesional no quede a expensas de la conclusión final del juicio, que podría demorarse indefinidamente o resolverse sin su participación activa.
Aspectos Clave a Evaluar antes de Solicitarla
Alcance de la Labor Realizada: Detallar minuciosamente todas las actuaciones procesales y extrajudiciales llevadas a cabo desde el inicio de tu intervención hasta el momento del cese. Esto incluye presentación de demanda, prueba, audiencias, gestiones, etc.
Etapa Procesal del Expediente: La realización de una pericia médica y una audiencia de conciliación son hitos importantes que demuestran un avance significativo del proceso y la concreción de una labor profesional sustancial.
Cese de Patrocinio: La renuncia de la clienta y la contratación de otro letrado habilitan la posibilidad de solicitar la regulación de los honorarios por la parte del trabajo ya finalizado.
Riesgo de Perjuicio: La demora en la resolución del expediente o la posibilidad de un acuerdo conciliatorio entre las partes, en el que no participes, podría dificultar o demorar aún más la percepción de tus honorarios. La regulación provisoria asegura que tus honorarios por la etapa concluida queden fijados.
Procedimiento General para la Solicitud
1. Presentación al Juzgado: Deberás realizar una presentación ante el Juzgado donde tramita el expediente, solicitando la regulación de tus honorarios.
2. Detalle de la Actividad: En dicha presentación, es fundamental que expongas de manera clara y detallada la totalidad de la labor profesional que realizaste, mencionando las fechas y los hitos procesales.
3. Aplicación de Normativa: El Juzgado, basándose en la labor acreditada, la etapa procesal alcanzada y las leyes de honorarios aplicables a la jurisdicción (que contemplan pautas para la regulación en casos de cese o etapas intermedias), procederá a estimar un monto para tus honorarios.
Es importante recordar que la regulación provisoria busca reconocer el trabajo ya efectuado y que el monto puede ser susceptible de ajuste en la regulación definitiva al finalizar el proceso, pero asegura una base y un reconocimiento formal de tu labor.
Para evaluar en profundidad la estrategia más adecuada y llevar adelante la solicitud, es imprescindible consultar a un abogado matriculado que pueda analizar las particularidades de tu caso y la legislación procesal y de honorarios específica de la jurisdicción donde tramita el expediente.
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