G. A. P. Ll., J. L. P. A., A. M. A. y V. L. D. - Tribunal de
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G. A. P. LL., J. L. P. A., A. M. A. y V. L. D. - Tribunal de Disciplina del Colegio de Abogados, Suspensión del ejercicio de la profesión para el abogado que, como socio y administrador de una sociedad civil profesional destinada al ejercicio de la abogacía, consintió la contratación de abogados para que supuestamente representaran y legitimaran los despidos encubiertos como acuerdo de desvinculación, y contra el pago de una exigua suma en relación a la antigüedad que reconocían.
Etiquetas: Tribunal de Disciplina Colegio Abogados, Suspensión ejercicio abogacía, abogado sanción disciplinaria, despidos encubiertos, acuerdo de desvinculación fraudulento, ética legal abogado, sociedad civil abogacía
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Última edición por Jurisprudencia el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
Razón: BOT_CORRECTED_V1
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