DEUDA EN AFIP - OPCIONES

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DEUDA EN AFIP - OPCIONES

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Estimados:
¿Alguien sabe si puedo dar de baja a un empleador pero que tiene deudas por no realizar los aportes y contribuciones de su empleado?

Me refiero a dar de baja como empleador. ¿Hay alguna moratoria vigente para regularizar esta situación?

¡Gracias!

Etiquetas: dar de baja empleador, deudas aportes y contribuciones, moratoria para regularizar deudas, baja empleador con deudas, regularizar situación empleador, aportes y contribuciones impagos, cancelar deudas empleador
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Re: Deuda en AFIP - Opciones

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Seguramente en algún momento te las van a intimar y ahí te acoges a una moratoria de las que te ofrece la AFIP.

Etiquetas: AFIP, moratoria AFIP, intimación AFIP, acogerse a moratoria, planes de pago AFIP, deudas AFIP
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Re: Deuda en AFIP - Opciones

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Estimados:
¿Alguien sabe si puedo dar de baja a un empleador, pero que tiene deudas por no realizar los aportes y contribuciones de su empleado?

Me refiero a dar de baja como empleador. ¿Hay alguna moratoria vigente para regularizar esta situación?

RESPUESTA
Regularizar la deuda en un plan de pagos antes de la intimación y recién ahí pedir la baja como empleador.

Etiquetas: baja empleador, deudas aportes y contribuciones, moratoria empleadores, regularizar deuda empleador, plan de pagos deudas laborales, dar de baja empleador con deuda, deudas seguridad social
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Re: Deuda en AFIP - Opciones

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Estimado,
La baja la puedes realizar independientemente de la deuda. Seguramente te intimarán.

Etiquetas: baja de deuda, intimación legal, gestión de deuda, proceso de baja, cancelación de deuda, asesoramiento legal deudas, deuda legal
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Re: Deuda en AFIP - Opciones

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Hola. Tengo una deuda como autónomo en Capital. Fue a causa de una moratoria por 4 años de deuda, que fui pagando y, a partir de fines del año 2001, dejé de pagar. Hace 3 años, me bloquearon 2 cuentas bancarias y me enviaron una intimación donde vivía, que no sé exactamente de qué se trata porque en su momento me acerqué a la AFIP y me informaron. Tengo una propiedad en Capital y me gustaría saber qué puede pasar si me la pueden embargar o bloquear si la quisiera vender. También me gustaría saber si en algún momento puede caducar y a qué más me puede afectar. En enero de 2010, enviaron una inhibición de venta al registro automotor porque tengo un auto en Capital.
Desde ya, muchas gracias

Etiquetas: Deuda autónomo AFIP, Cuentas bancarias bloqueadas, Embargo propiedad, Inhibición venta automotor, Prescripción deudas, Venta inmueble con deuda
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Re: Deuda en AFIP - Opciones

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AFIP acciona contra el contribuyente inhibiendo sus bienes y trabando embargo sobre saldos bancarios. Las inhibiciones las inscribe en los Registros de la Propiedad y del Automotor, y circulariza al Banco Central respecto del embargo sobre saldos bancarios.
Las inhibiciones de bienes solo se levantan con la cancelación de la deuda. El embargo de saldos bancarios con el acogimiento a un plan de pagos.
El inmueble que tengas no podes venderlo. Es más, corres el riesgo de que te lo ejecuten (rematen judicialmente). El accionar depende a veces de la impericia del letrado de AFIP. Y si este ya pidió la intervención de un martillero en la causa.
Respecto del rodado, solo podrían ejecutar si secuestran el mismo. No obstante no podes venderlo o transferirlo.

La registración de las inhibiciones aparece en el informe de dominio de cada bien. Podrías solicitar ante los registros que correspondan el correspondiente informe y chequear fecha de inscripción de cada inhibición. Estas prescriben a los 5 años. Pero también pueden ser renovadas o ampliadas por el abogado de AFIP.

Si no vas a pagar, tendrías la remota posibilidad de transferir los bienes, al día siguiente de prescripta la inhibición. Pero para ello debes esperar los 5 años, y correr con el riesgo de que ejecuten antes o de que renueven la inhibición.

Si podes pagar algo, llégate a jurídica de AFIP en la que estás inscripto y solicita copia de la boleta de deuda. O pedí los datos del abogado que tiene tu caso, para coordinar la regularización de la deuda. Tendrás que hacer un plan de pagos, en la medida en que se pueda. Eso lo verás con un contador.

Saludos.

Etiquetas: Inhibición de bienes AFIP, embargo saldos bancarios AFIP, levantar inhibición AFIP, plan de pagos AFIP, ejecución bienes AFIP, prescripción inhibición, deuda AFIP
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Re: Deuda en AFIP - Opciones

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Presenta un F931 del mes siguiente al último que liquidaste con empleados. Espera que se impacte en la base de datos de AFIP. Y allí estarás eximida de la obligación como empleadora.

Es una manera sutil de dar de baja retroactiva como empleador.

Saludos.

Etiquetas: F931, AFIP, baja empleador AFIP, dar de baja retroactiva empleador, eximición obligación empleador, liquidación empleados, obligación empleadora
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carbonesergio

Re: DEUDA EN AFIP - OPCIONES

Mensaje por carbonesergio »

Estimados,

Colaboro con la respuesta a la pregunta "DEUDA EN AFIP – OPCIONES".

Se consulta si es posible dar de baja la inscripción como empleador para un contribuyente que posee deudas con el organismo fiscal. La respuesta es que sí, efectivamente se puede practicar la baja de un empleador dado que nada tiene que ver la posición patrimonial (deuda) con la obligación de cumplimiento de obligaciones formales y materiales para con los tributos que alcanzan al trabajo en relación de dependencia.

Creo interesante destacar que el régimen sancionatorio para las deudas de Seguridad Social se encuentra normado por la RG AFIP 1566, la cual, de su lectura, se aprecia rápidamente lo gravoso del mismo. Por otro lado, no menor es el tema que al determinar las cargas sociales mensuales, el empleador reviste el carácter de sujeto de retención, por lo que, al no ingresar los aportes de retenidos al empleado, se incurre en una figura de retención indebida de fondos de terceros, la cual, entiendo, debe serle advertido al cliente.

En resumen:
Régimen Sancionatorio sumamente gravoso (RG 1566)
Retención Indebida de Fondos (Aportes no depositados)

Si existen dificultades financieras es recomendable regularizar los pasivos por medio de los planes de pago vigentes (RG 2774) o bien cancelar los aportes para no incurrir en la figura mencionada.

Espero haberles ayudado.

Dr. Sergio Carbone
Contador Público (UBA)
www.sergiocarbone.com.ar

Etiquetas: Deuda AFIP, Baja empleador AFIP, Régimen sancionatorio AFIP, Retención indebida aportes, Planes de pago AFIP, RG AFIP 1566, Cargas sociales
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carbonesergio

Re: Deuda en AFIP - Opciones

Mensaje por carbonesergio »

Estimados

Presento una opinión para el Dr. quien manifiesta sufrir un embargo producto de la falta de pago de autónomos.

En principio, he ayudado a varios contribuyentes con embargos y debo decir que, por lo menos en mi experiencia, no he logrado el levantamiento de embargos si no se regularizaba el total de la deuda reclamada.

En algunos casos hasta me han llegado a decir que el embargo permanecía hasta que se cancelaba la última cuota del plan solicitado. Está claro que esta situación no está ajustada a derecho. Por lo que, ante semejante postura, se presentó un F 4004 ante Jefe de Agencia y el abogado modificó su postura. Por lo que, de las situaciones vividas, sí puedo decirte que, en mi experiencia, la deuda TODA debe estar en un Plan de Pagos. La adhesión al Plan de Pagos habilita solicitar el levantamiento del embargo.

El no pago del Plan de Pagos implica el incumplimiento de una nueva obligación, por lo que se podrá iniciar reclamo por dicha deuda una vez incumplido este nuevo Plan de Pagos.

Espero haberle aportado

Saludos

Dr. Sergio Carbone
Contador Público (UBA)
www.sergiocarbone.com.ar

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