Desalojo qué hacer?

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Moderador: abogadoia

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todos3000

Desalojo qué hacer?

Mensaje por todos3000 »

Hola, colegas, desde ya, buenas noches a todos, ya que esta es la primera vez que entro en esta página que, por lo visto, debe ser de bastante ayuda entre colegas y de intercambio de opiniones. Desde ya, muchas gracias a todos.

Bueno, estoy en esta etapa de un juicio de desalojo, que corre como sumarísimo, ya proveído en primer escrito.
El tema es así:
La parte actora contestó diciendo barbaridades, y todo para dilatar el juicio, diciendo que primero eran inquilinos y después no, que les dejaron la casa a ellos, que no conocen a los herederos de quien les alquiló (este es un desalojo de personas que alquilaban al causante, o sea, ya fallecido; los herederos se hicieron cargo y ahora no pagan y no se quieren ir; es más, para irse piden plata), y varias cosas más, entre ellas que se reservan de hacer juicio penal por estafa procesal. Se presentó la documental: cartas documento, contrato de alquiler original, informes de dominio de la titularidad, o sea, todo lo documental, ya que la sucesión ya estaba hecha.
El Juzgado saca este proveído, que es de fecha 13 de julio, ya que uno de los demandados presentó escrito con todo lo antes mencionado:
"Buenos Aires, de julio de 2012.- Por presentado, parte y por constituido el domicilio procesal. Tiénense presentes las autorizaciones conferidas en los términos del artículo 134 CPCC. Devuelta que sea la cédula, se proveerá a lo demás solicitado."
Bueno, las cédulas se notificaron todas el 5 de julio, y ya están devueltas al Juzgado y en el expediente.
Varias personas que figuraban en el contrato están todas notificadas en dicha fecha, más subinquilinos y ocupantes; solo una contestó todo lo antes, arriba y anteriormente mencionado, con todas las cosas para alargar el juicio, dilatar el mismo. Las otras personas que figuraban en el contrato no sabemos si están, porque hay gente que va y viene en dicho departamento; no estarían, pero ya están notificadas; por ende, la sentencia será para todas. ¿Esto es así?

Bueno, ahora consulto: ¿Debo contestar la contestación de la demanda, esperar que de oficio el juez provea, como dice el proveído antes mencionado, de oficio? No creo. ¿O hacer un escrito que provea dicho tema, pero según dice, proveerá lo peticionado por el demandado? ¿Esto es así? ¿O lo hace teniendo en cuenta todo? Si no, por lo visto, tendría que pedirse audiencia y se alarga más. ¿Cómo es este tema?
¿Debo pedir directamente según los artículos 680 bis y 684 bis? ¿Y ofrecer caución directamente? ¿Y contestar algo de lo que pusieron ellos, o no hace falta y directamente pedir esos artículos?
¿Debo pedir que provea y pedir la anticipada ofreciendo caución? ¿Qué me dicen?
Desde ya, muchas gracias a todos, colegas.

Etiquetas: juicio de desalojo, desalojo sumarísimo, desalojo herederos, contrato de alquiler desalojo, artículos 680 bis 684 bis, contestación demanda desalojo, ofrecer caución desalojo
Última edición por todos3000 el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
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475

Re: desalojo qué hacer?

Mensaje por 475 »

Es muy largo tu post, resúmelo y vemos si te podemos ayudar. Gracias.

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Última edición por 475 el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
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