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T. A. E. c/ C. N. C - Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Necochea, Debido a la excepción de cuotas por alimentos - art. 14, inc. c), de la ley nacional 24.241-, la ANSES deberá retener mensualmente el 30% de la pensión del demandado, para que cumpla con sus deberes alimentarios.