Buenos días, quiero hacer esta consulta: Tengo un juicio de alimentos, donde el demandado tiene una incapacidad permanente parcial del 80%, certificado de incapacidad otorgado de la Nación, y amén de eso cobra una pensión. El tema puntual es que el juez ordena , por estar dentro de las facultades previstas por el art. 710 CCC disponer de oficio la realización de una pericia medica a los fines de determinar la incapacidad laboral , y si la incapacidad laboral que le fue decretada en el 2015 se mantiene , se ha morigerado o incrementado.
Le pide que lo veo un medico forense.-
Consulta técnica: ya hay una incapacidad decretada seguramente por junta medica con facultades suficientes, para que? si le da mas incapacidad queda con el mismo beneficio y si le da menos lo va a mandar a trabajar? y si lo hace --- lo denuncian y le quitan la pensión????
El Diagnostico hoy es artrosis avanzada??? Por lo que leí la artrosis va siempre avanzando... y cada vez peor el grado , se va complicando...
Se le podrá pedirla improcedencia de la prueba. Es como que lo especifico tal vez debería desplazar a esto , un juez de familia decretando una nueva incapacidad laboral?...
Escucho: ....o leo mejor. Gracias