sucesion extrajudicial -
Publicado: Vie Dic 14, 2012 11:54 am
Estimados colegas: Les cuento haber que opinan.
Tengo declaratoria de herederos en un expediente en Provincia de Buenos Aires y pedi conforme el art 733 apartarme del procedimiento judicial a los fines de continuar los restantes tramites de la sucesion de forma extrajudicial. A los fines de escriturar e incribir por tracto abreviado en el registro inmobiliario pedi el prestamo de expediente.-
La norma procesal es clara y el codigo Civil tambien que siendo mayores capaces, los herederos pueden realizar los tramites de division particion y adjudicacion de la forma y por el acto que de comun acuerdo juzguen conveniente.-
Para evitar pedios extraños hice toda una explicacion de los motivos por los queria apartarme del tramite judicial e ir al escribano.
El pedido me fue denegado en base a una curiosa interpretacion de la ley que EXIGE ORDEN DE INCRIBIR LA DECLARATORIA DE HEREDEROS. Esto no lo dice ni codigo civil ni el procesal. ¿ sera que el problema es la tasa de justicia? ¿ sera el capricho de la magistrada que se cree la dueña de la ley y de la sucecion de las partes?
No lo se pero estoy re caliente porque por esa interpretacion curiosa de la ley me frustro una operacion de venta y por la feria judicial hasta el año que viene no puedo hacer nada.
Me gustaria saber que piensan mis distinguidos colegas. Saludos.-
Tengo declaratoria de herederos en un expediente en Provincia de Buenos Aires y pedi conforme el art 733 apartarme del procedimiento judicial a los fines de continuar los restantes tramites de la sucesion de forma extrajudicial. A los fines de escriturar e incribir por tracto abreviado en el registro inmobiliario pedi el prestamo de expediente.-
La norma procesal es clara y el codigo Civil tambien que siendo mayores capaces, los herederos pueden realizar los tramites de division particion y adjudicacion de la forma y por el acto que de comun acuerdo juzguen conveniente.-
Para evitar pedios extraños hice toda una explicacion de los motivos por los queria apartarme del tramite judicial e ir al escribano.
El pedido me fue denegado en base a una curiosa interpretacion de la ley que EXIGE ORDEN DE INCRIBIR LA DECLARATORIA DE HEREDEROS. Esto no lo dice ni codigo civil ni el procesal. ¿ sera que el problema es la tasa de justicia? ¿ sera el capricho de la magistrada que se cree la dueña de la ley y de la sucecion de las partes?
No lo se pero estoy re caliente porque por esa interpretacion curiosa de la ley me frustro una operacion de venta y por la feria judicial hasta el año que viene no puedo hacer nada.
Me gustaria saber que piensan mis distinguidos colegas. Saludos.-