C. L. M. - Cámara de Familia de Mendoza
Posted: Tue Jun 21, 2016 4:49 pm
C. L. M. - Cámara de Familia de Mendoza, Modificación del régimen de capacidad en el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, por cuanto el art. 32 limita la declaración de incapacidad y la designación de un curador a los supuestos de personas que se encuentran absolutamente imposibilitadas de interaccionar con su entorno y expresar su voluntad por cualquier modo, medio, o formato adecuado y el sistema de apoyo resulte ineficaz.