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Sentencia Ley 18037

Publicado: Lun Sep 09, 2013 8:51 pm
por faguita
Hola a todos: les cuento porque no sé cómo seguir: Inicié demanda por reajuste del haber jubilatorio por el beneficio obtenido al amparo de la Ley 18.037 contra la ANSES; (el actor fue personal militar y se jubiló en la fuerza); Seguidamente y al poco tiempo ingresó como personal civil (profesor) en una institución de las FF. AA. y se jubiló allí también al amparo de la Ley 18.037 pero como personal civil; En la demanda se acompañó el expediente administrativo de la ANSES donde dice: "Ley 18.037, movilidad 82%." Se presentaron los alegatos y pedí sentencia; El juez despacha lo siguiente: "Agréguese el escrito que antecede, y previo a proveer lo peticionado, debo señalar que si bien las partes en sus escritos postulatorios coinciden en que el beneficio de jubilación del accionante Sr. XXXX habría sido otorgado por aplicación de la Ley 18.037, de la compulsa del expediente administrativo n.º XXXXXXXXXXX se advierte que el causante habría adquirido su beneficio jubilatorio por aplicación del régimen especial previsto por la Ley 22.955, ello en tanto prestó servicios ante la Armada Argentina y se consideró que su haber de pasividad debía ascender al 82% del haber de actividad.
Por ello, previo a proveer lo solicitado, córrase traslado a la actora de lo supra referido por el plazo de 5 (cinco) días, a fines de que se manifieste al respecto." Por favor, ¿alguien puede ayudarme en qué debo hacer? Muchas gracias.

Etiquetas: demanda reajuste haber jubilatorio, Ley 18.037, ANSES, Ley 22.955, movilidad jubilatoria 82%, régimen especial jubilación militar, jubilación personal civil FF.AA.