buenas tardes
es mi primer post en este sitio - - soy nuevo - - saludos cordaiales a todos.
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he escuchado por televisión “de refilón”, que con el nuevo código civil y comercial, un acreedor puede reemplazar (o elegir) otro instrumento de pago, diferente al tradicional PAGARÉ.
por favor, en caso afirmativo : cual sería este instrumento ?
muchísimas gracias !.
PAMENICO.