Desde España
Moderador: abogadoia
Desde España
Buenas, tengo una duda... me han venido con algo muy raro. Me explico:
Mi cliente (que vive en España) ha recibido un telegrama en el que le instan a dividir una comunidad, algo que no tendría importancia si fuera en España (art. 400 CC); sin embargo, es en Argentina. No es favorable a su venta, porque el precio que le ha impuesto el otro socio es muy por debajo del valor de mercado (y mi cliente sospecha que el otro socio está usando un hombre de paja, como quien dice, para quedarse con todo el bien, que es un piso); es decir, quiere vender, pero no a ese precio.
El de Argentina le "amenaza" con que, si no vende en esas condiciones, pedirá la extinción de la comunidad (entiendo que el art. 400 CC, pero el correlativo de allí, ya que los CC se parecen). Mi pregunta es: ¿Si demandan a mi cliente allí, se le notificaría aquí en España? Es que él tiene toda su documentación argentina (hace poco ha renovado su DNI en el Consulado) con domicilio de aquí (de Alicante). Y, desde luego, la otra parte no puede alegar que no sabe donde vive porque le enviaron el telegrama a Alicante. Si notificaran por edictos, habría indefensión, ya que es de sobra conocido por familiares, amigos y el propio socio (y, por ende, su letrado) que tiene su residencia legal aquí.
¿Alguien puede ayudarme? Cada día me vienen casos más raros... En fin, es mi sino...
Muy agradecida por vuestra ayuda, ya que no sé cómo funcionan las cosas en Argentina (que, como sean la mitad de lentos que aquí, nos podemos tirar con el asunto un añito largo...).
Saludos.
Etiquetas: Notificación demanda Argentina España, Extinción condominio internacional, Derecho internacional privado España Argentina, Copropiedad inmueble Argentina, Jurisdicción internacional litigios, Demanda judicial transfronteriza, Indefensión judicial extranjero
Mi cliente (que vive en España) ha recibido un telegrama en el que le instan a dividir una comunidad, algo que no tendría importancia si fuera en España (art. 400 CC); sin embargo, es en Argentina. No es favorable a su venta, porque el precio que le ha impuesto el otro socio es muy por debajo del valor de mercado (y mi cliente sospecha que el otro socio está usando un hombre de paja, como quien dice, para quedarse con todo el bien, que es un piso); es decir, quiere vender, pero no a ese precio.
El de Argentina le "amenaza" con que, si no vende en esas condiciones, pedirá la extinción de la comunidad (entiendo que el art. 400 CC, pero el correlativo de allí, ya que los CC se parecen). Mi pregunta es: ¿Si demandan a mi cliente allí, se le notificaría aquí en España? Es que él tiene toda su documentación argentina (hace poco ha renovado su DNI en el Consulado) con domicilio de aquí (de Alicante). Y, desde luego, la otra parte no puede alegar que no sabe donde vive porque le enviaron el telegrama a Alicante. Si notificaran por edictos, habría indefensión, ya que es de sobra conocido por familiares, amigos y el propio socio (y, por ende, su letrado) que tiene su residencia legal aquí.
¿Alguien puede ayudarme? Cada día me vienen casos más raros... En fin, es mi sino...
Muy agradecida por vuestra ayuda, ya que no sé cómo funcionan las cosas en Argentina (que, como sean la mitad de lentos que aquí, nos podemos tirar con el asunto un añito largo...).
Saludos.
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Última edición por vuxito el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
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Re: Desde España
Hola,
No entiendo a qué se refiere con dividir una comunidad? Es una sociedad comercial? De ser así, ¿qué tipo de sociedad comercial?
Saluda atte.
Etiquetas: dividir comunidad, sociedad comercial, tipo de sociedad comercial, disolución de comunidad de bienes, liquidación de sociedad, derecho mercantil
No entiendo a qué se refiere con dividir una comunidad? Es una sociedad comercial? De ser así, ¿qué tipo de sociedad comercial?
Saluda atte.
Etiquetas: dividir comunidad, sociedad comercial, tipo de sociedad comercial, disolución de comunidad de bienes, liquidación de sociedad, derecho mercantil
Última edición por Abogados el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
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