Buenas, tengo una duda.... me han venido con algo muy raro. Me explico:
Mi cliente (que vive en España) ha recibido un telegrama en el que le instan a dividir una comunidad, algo que no tendrÃa importancia si fuera en España (art. 400CC), sin embargo es en Argentina. No es favorable a su venta, porque el precio que le ha impuesto el otro socio es muy por debajo del valor de mercado (y mi cliente sospecha que el otro socio está usando un hombre de paja, como quien dice, para quedarse con todo el bien que es un piso), es decir, que quiere vender pero no a ese precio.
El de Argentina le "amenaza" con que si no vende en esas condiciones pedirá la extinción de la comunidad (entiendo que el art. 400CC pero el correlativo de allÃ, ya que los CCs se parecen), mi pregunta es: si demandan a mi cliente allÃ, se le notificarÃa aquà en España? Es que él tiene toda su documentación argentina (hace poco ha renovado su DNI en el Consulado) con domicilio de aquà (de alicante). Y desde luego la otra parte no puede alegar que no sabe donde vive porque le enviaron el telegrama a alicante.... Si notificaran por edictos habrÃa indefensión ya que es de sobra conocido por familiares, amigos y el propio socio (y por ende su letrado) que tiene su residencia legal aquÃ.
Alguien puede ayudarme? Cada dÃa me vienen casos más raros.... en fin, es mi sino....
Muy agradecida por vuestra ayuda ya que no sé cómo funcionan las cosas en Argentina (que como se la mitad de lentos que aquà nos podemos tirar con el asunto una añito largo...)
Saludos!!!
Desde ESPAÑA
Re: Desde ESPAÑA
Hola,
No entiendo a que se refiere con dividir una comunidad?? Es una Sociedad Comercial? de ser asi, que tipo de Sociedad comercial?
Saluda atte.
No entiendo a que se refiere con dividir una comunidad?? Es una Sociedad Comercial? de ser asi, que tipo de Sociedad comercial?
Saluda atte.