ART JUNTA MEDICA AYUDA!

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ART JUNTA MEDICA AYUDA!

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Hola quisiera saber si alguien puede ayudarme,resulta que tengo un caso de un trabajador que a raíz de un accidente in itinere se lesiona el ojo, la art dice que esa lesion es a causa de una enfermedad congenita como toxoplasmosis. Pero en el exámen preocupacional le sale sin observaciones el estudio oftalmológico y después del accidente tiene una lesión en la mácula. Cómo pido una junta médica? Lo hago ante la comisión medica de Rosario? Gracias
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Re: ART JUNTA MEDICA AYUDA!

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La ART se expidio???? su dictamen es recurrible ante la comision medica, ahi en calle Sarmiento al lado de El CAIRO, ellos mismos te dan un formulario para llenar para hacer el reclamo, y lo presentas ahi y te designan fecha de audiencia para ser revisado por los medicos.
Tambien deberia consultar con su propio oftalmologo, y ver si la maculopatía que tiene tiene como origen el accidente o la toxoplasmosis. Y en base a eso, insistir o no insistir en el reclamo.
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Re: ART JUNTA MEDICA AYUDA!

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yo tengo un caso parecido Dal a ver si me podes ayudar, en este caso es mi suegro que, se cae en el trabajo al bajar de la camioneta en que transporta personas, y la ART dijo desde un primer momento que la lesion era preexistente, en consecuencia la obra social decia que era accidente de trabajo y no lo queria operar y la ART preexistente, un mes estuvo esperando con todo ese dolor, hast q hicieron un acuerdo comercial y lo operan " de favor" segun ellos, el quedo rengo, le duele y le dicen que ya no puede hacer mas nada porque la ART sigue sosteniendo que es Preexistente, le aconsejaron que vaya a la comision medica para que ellos determinen si es o no, el accidente fue en diciembre, como esty con esto? esty en tiempo, voy a la comision medica y pido turno? que me decis DAl? gracias!
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Re: ART JUNTA MEDICA AYUDA!

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Hola! Yo diría que sí, que vayas a la comisión médica. En cuanto al tiempo, sí estás a tiempo porque la prescripción es por dos años desde la situación fáctica y, luego por las prestaciones debidas, una vez dictada la resolución por la comisión médica (situación jurídica), correrá desde cada prestación que es debida. (juego armónico de los arts. 43 y 44 inc. 1º, LRT)
Espero te sirva.
Moni
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Re: ART JUNTA MEDICA AYUDA!

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genia moni gracias! te voy a hacer caso! besoss!
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Re: ART JUNTA MEDICA AYUDA!

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ahi me acerco la documental, tiene notificaciones por escrita de Prevencion ART dicendole que ellos consideran la lesion prexistente, en la cual lo atienden de todas formas, puedo ir yo a la junta medica a solicitar el turno? debo llevar poder? o tengo que llevar si o si a el accidentado!
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Re: ART JUNTA MEDICA AYUDA!

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chicas vuelvo con este caso, la Comision medica le dio a mi suegro un 15% de incapacidad de tipo permanente, de grado parcial y caracter definitiva, como sigo ahora? que hago? gracias chicas!
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Re: ART JUNTA MEDICA AYUDA!

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estuve leyendo algunos post que hay aca y la ley 24557, art 14 Incapacidad Laboral Permanente parcial (la de mi suegro) inc a) si es menor o igual a 20% la indemnizacion es de pago unico, les pregunto si esta formula que encontre que publico Ale Valladares esta viegente:
el calculo es de la siguiente manera, segun ley de riesgo: se congelo el dia del accidente el sueldo basico ej: ($1200), se congelo tambien la edad (21 años), y su lesion es rotura de ligamentos cruzados y meñizcos (operado quirurjicamente) mas o menos 15 puntos de incapacidad, siempre se le agrega coeficiente de 53, entonces la cuenta es la siguiente
$1200 (sueldo) x 53 (coeficiente) x 15 (incapacidad) x la diferencia de 65 (jubilacion) / 25 (edad del accidentado)= 2.6, todo dividido 100
Ejemplo: $1200 x 53 x 15 x 2.6 / 100 = $ 24.804 por ley de riesgo
en mi caso mi suego cobra 3500 x 53 x15 (por la comision medica le dio el 15%) x 1.3/100: $36172.50, es correcto?
Otra duda en la ultima parte del dictamente de la comision medica dice que el pago de las prestaciones dinerarias por Incapacidad Laboral Permanete Definitiva debera realizarse dentro de un plazo no superior a 15 dias contados desde la fecha en que la ART ha sido notificada. ahora la ART le notifica el monto y fecha de pago?o yo debo ir a iniciar el reclamo? porque si le notifican lo q le van a pgar como acuerdo el pago de mis honorarios con la ART?
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Re: ART JUNTA MEDICA AYUDA!

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Aimael perdona que no volví a este post.
El calculo lo tenes que hacer con la formula que esta ne la ley. REvisale pero creo que esta correcta.
El importe se lo van a pagar, lo que podés hacer es comunicarte para ver si la ART fue notificada y en su caso cuando para calcular la fecha en que le van a pagar.
Fijate que los salarios ahora se actualizan.
La ART no te pagará honorarios de ningun modo. Fijate si el porcentaje es superior, inicia demanda por la diferencia, tanto contra la ART como contra el empleador si querés.
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Re: ART JUNTA MEDICA AYUDA!

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gracias DAl por tu ayuda, la verdad ahora mire bien y en realidad cobra 6400 en blanco, asi q la liquidacion varia considerablemente al doble!
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