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B. B. D. R. - B. C. R. - B. Y. F. - Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Jujuy, Se autoriza a los peticionantes iniciar la técnica de reproducción humana asistida de gestación por sustitución y se declara inaplicable al caso el art. 562 del Código Civil y Comercial de la Nación, que establece que el nacido es hijo de quien da a luz.