- Fotografiá o filmá el desperfecto con fecha y ubicación.
- Describí por escrito cuándo apareció, qué afecta y si hay riesgo o daño progresivo.
- Avisá por el canal indicado en el contrato y guardá constancia de envío y respuesta.
- Conservá presupuestos, facturas, comprobantes y datos de quien realizó el trabajo.
- Registrá cuándo se hizo la reparación y si resolvió el problema.
No encargues trabajos ni descuentes su costo del alquiler suponiendo que el reintegro o la compensación son automáticos. La respuesta depende del contrato, circunstancias y normativa aplicable.
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Urgente y no urgente: la diferencia legal
Según el artículo 1201, si quien alquila la propiedad a otra persona guarda silencio o se niega ante una reparación urgente, el inquilino puede realizarla con cargo a quien te alquila la propiedad una vez transcurridas al menos 24 horas corridas desde la recepción de la notificación. Si no es urgente, debe intimar a realizarla dentro de un plazo no inferior a diez días corridos desde la recepción de esa intimación. En ambos casos importan la causa del daño, la notificación y la prueba del gasto.
Una notificación útil debería incluir
- domicilio y ambiente afectado;
- descripción, fecha de aparición y riesgo;
- fotos o video;
- pedido concreto y plazo;
- canal para coordinar el ingreso;
- presupuesto, si ya existe.
Si hay peligro para personas o riesgo de daño creciente, priorizá seguridad y servicios de emergencia; después preservá toda la evidencia.
Fuentes legales y fecha de última revisión
- Última edición
- Fuentes normativas verificadas
- Jurisdicción
- Argentina. Las reglas provinciales y de CABA pueden variar; verificá la jurisdicción del inmueble y la fecha del contrato.
- Base jurídica y fuentes
Consultar 5 referencias
Fuentes normativas: Código Civil y Comercial actualizado y DNU 70/2023 Ley 27.551 · Ley 27.737. La explicación oficial de Derecho Fácil sobre reparaciones resume los plazos legales, pero debe contrastarse con el texto normativo.
La fecha del contrato, sus cláusulas y la jurisdicción pueden cambiar la respuesta. Verificación normativa original: 17/09/2026.
Edición editorial, 15/10/2026: Depuración de secciones automáticas y resúmenes redundantes; conservación del desarrollo específico. Esta edición no constituye una nueva revisión integral de fuentes jurídicas. Edición en lenguaje claro y cercano del 15/10/2026; sin nueva comprobación normativa ni revisión jurídica humana.
Validación profesional individual: pendiente.
- Autoría editorial
- Foros de Abogados
- Edición actual
- Equipo editorial de InmoCasas