Qué moneda dice el contrato

El artículo 1199 permite fijar el alquiler en moneda nacional o extranjera y exige respetar la elegida. Un importe en dólares y una deuda en pesos con referencia de actualización requieren lecturas distintas. CCyC — art. 1199

Buscá el canon inicial, anexos, fechas de vencimiento y cuenta receptora. Anotá si el documento dice USD, dólares billete, equivalente en pesos o una fórmula concreta. Si el aviso y el contrato difieren, conservá ambos para la consulta.

El artículo 959 admite modificar un contrato por acuerdo de las partes o en los supuestos legales. Para una locación inmobiliaria, el artículo 1188 exige forma escrita también para sus modificaciones. CCyC — art. 959 · CCyC — art. 1188

Si acuerdan cobrar pesos

Antes del vencimiento, pedí que quede escrito el período, monto en dólares, cotización elegida, fecha, punta compradora o vendedora y resultado en pesos. Aclarar si el acuerdo vale para ese mes o para los siguientes evita discusiones posteriores.

Ejemplo hipotético: el canon indica USD 600 y ambas partes proponen cancelar un mes en pesos. Prepará un acuerdo que identifique esos USD 600 y la fórmula que aceptan. Guardá la aceptación junto al recibo; una captura de cotización aislada no explica lo que acordaron.

Cómo consultar una referencia de mercado

Para comparar referencias, podés consultar las cotizaciones del dólar en DólarYa. Comprobá la fecha, la hora y la diferencia entre compra y venta. Es un recurso informativo privado: su publicación no reemplaza la cotización prevista en tu contrato ni modifica el canon.

Moneda y aumento son preguntas distintas

El art. 1199 admite índices públicos o privados expresados en la misma moneda del alquiler. Revisá esa condición antes de mezclar un canon en dólares con un índice en pesos. CCyC — art. 1199

Para controlar el cálculo y sus períodos, seguí la guía de aumentos de alquiler. Si no reconocés el nombre del índice o no podés reproducir la cuenta, pedí el detalle antes de darla por correcta.

Si el índice deja de publicarse, el art. 1199 prevé un índice oficial similar: del INDEC para alquileres en pesos, o del organismo equivalente del país emisor para moneda extranjera. CCyC — art. 1199

Si el contrato es anterior a la reforma

El art. 7 excluye, como regla, las leyes supletorias nuevas de los contratos en ejecución y contempla la excepción de normas más favorables al consumidor. No traslades sin análisis la reforma a un alquiler anterior. CCyC — art. 7

Reuní contrato completo, prórrogas, mensajes y pagos previos. Si recibiste una intimación o hay rechazo del pago, consultá con esos documentos antes de suspender transferencias. Para documentar lo recibido, revisá el comprobante de pago del alquiler.

Fuentes y revisión editorial

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Jurisdicción
Argentina: normativa nacional. Tributos locales y aplicación a cada contrato requieren examen particular.
Base jurídica y fuentes
Autoría editorial
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