Documentación y publicidad
La ley exige comprobar títulos, solicitar informes sobre dominio, restricciones y cargas sobre la propiedad e inhibiciones y consignar matrícula en la documentación. La publicidad debe ser precisa y evitar información que induzca a error. Ley 2.340 — art. 10 · Ley 2.340 — art. 12
Cómo preparar un reclamo
Guardá el anuncio, autorización, mensajes, recibos y descripción concreta del incumplimiento. Separá problemas de comisión, falta de comprobantes, publicidad y facultades para recibir dinero. Verificá la matrícula en el registro profesional correspondiente antes de atribuir la operación a una persona determinada.
Comisiones y jurisdicción
Consultá la guía específica de gastos y comisiones según tipo de operación y jurisdicción. No apliques el régimen porteño a una operación bonaerense ni confundas compraventa con alquiler habitacional. Esta página se concentra en matrícula y deberes del intermediario.
Los informes deben estar disponibles para las partes
El artículo 10 de la Ley 2.340 no se limita a pedir que el corredor mire documentos: exige comprobar los títulos invocados y guardar copia, solicitar informes oficiales sobre dominio, restricciones y cargas sobre la propiedad e inhibiciones y ponerlos a disposición de las partes. Un interesado puede solicitar que se identifiquen esos antecedentes para entender quién ofrece y qué restricciones existen. El deber del corredor no reemplaza la certificación que la legislación registral exige para autorizar la escritura. Ley 2.340 — art. 10 · Ley 17.801 — art. 23
Financiación y cualidades anunciadas
La publicidad debe ser precisa e inequívoca. El artículo 12 exige detallar íntegramente las facilidades de pago, incluidas las tasas aplicables; prohíbe ofrecer financiación de terceros no acordada y anunciar cualidades inexistentes o condiciones falsas. Para evaluar una diferencia conviene conservar el anuncio completo y la propuesta de financiación, no solo una foto del inmueble o el precio de portada. Esta explicación corresponde al corretaje en CABA. Ley 2.340 — art. 12
Cómo ordenar los siguientes pasos
- Identificá al corredor responsable y su matrícula en la documentación de la operación. Separá esa identidad de la marca comercial o del nombre de quien mostró el inmueble.
- Guardá publicidad, encargo y comunicaciones con sus fechas. Anotá qué característica o condición fue ofrecida y qué diferencia concreta apareció después.
- Pedí por escrito documentos o explicación de lo cuestionado: títulos invocados, informes, facultades, liquidación o respaldo del cobro. Conservá respuesta y comprobantes.
- Diferenciá reclamo por publicidad, comisión, falta de recibo o gestión de fondos. Consultá el canal competente para el hecho y jurisdicción, con un relato verificable y sin atribuir intenciones no probadas.
El anuncio promete una característica que no surge de los documentos
Conservá la publicación y el material entregado durante la visita y pedí aclaración antes de firmar. Precisá si la diferencia es de superficie, estado, uso ofrecido o condiciones de pago. Presentá documentos y comunicaciones en la consulta; no reduzcas todo a si existe matrícula o si una comisión parece alta. La evaluación debe identificar el ofrecimiento y la actuación concreta del intermediario.
¿Cómo documentar un pedido de comprobantes?
Indicá importe, fecha, medio de pago y concepto anunciado, y adjuntá los comprobantes disponibles. Solicitá identificación del receptor y desglose del cobro, distinguiendo comisión de otros gastos. Si no hay respuesta, guardá el pedido y consultá cómo reclamar con evidencia del hecho, sin usar la falta de un papel como conclusión automática sobre delito o responsabilidad.
Documentos para preparar la consulta
- Nombre, matrícula y documentación del corredor responsable.
- Publicidad y condiciones ofrecidas antes de contratar.
- Encargo, comprobantes de pagos y pedidos de explicación.
Fuentes y revisión editorial
- Última edición
- Fuentes normativas verificadas
- Jurisdicción
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Ley 2.340. Otras jurisdicciones tienen regímenes propios.
- Base jurídica y fuentes
Consultar 4 referencias
- Ley 2.340, texto del Digesto de CABA: art. 3 · art. 10 · art. 12 — Digesto Jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Matrícula, deberes y publicidad del corretaje inmobiliario en CABA. Comprobación documental: 2026-10-14.
- Ley 17.801, texto actualizado: art. 23 — Poder Ejecutivo Nacional; texto consolidado publicado en Argentina.gob.ar. Régimen registral nacional complementado por reglamentación local. Comprobación documental: 2026-10-14.
Verificación documental editorial: 2026-10-14. Referencias vinculadas a los pasajes de esta guía.
Edición editorial, 15/10/2026: Ampliación documental del 14/10/2026: explicaciones sustantivas específicas del tema, contrastadas con textos oficiales y citadas por pasaje. Edición en lenguaje claro y cercano del 15/10/2026; se conservan el alcance jurídico y la fecha de comprobación normativa. No acredita revisión jurídica humana.
Registro de cambios
- : Creación editorial y contraste de referencias oficiales por pasaje; pendiente de revisión humana.
- : Registro de metadatos de presentación y alcance en la huella de revisión; corrección de atribución del emisor de Ley 17.801 cuando se cita.
- : Desarrollo específico de pasos, escenarios y preguntas; conservación de los pasajes anteriores y clasificación explícita de cada incorporación.
- : Incorporación de dos secciones sustantivas con derechos, requisitos y límites del tema; fuentes oficiales consultadas y referencias individualizadas. Sin atribuir revisión humana.
- : Edición en lenguaje claro y cercano. Se conservan condiciones, referencias por pasaje e identificadores; se explican términos técnicos. No se actualiza la comprobación normativa ni se acredita revisión humana.
La fecha de los hechos, el derecho invocado y la jurisdicción pueden cambiar el análisis.
- Autoría editorial
- Foros de Abogados
- Edición actual
- Equipo editorial de InmoCasas